Índice de contenido
Toggle¿Cómo se realiza un cambio de nombre o apellidos en el Registro Civil?
El Registro Civil permite a los ciudadanos solicitar un cambio de nombre o de apellidos, así como el orden de los mismos, a través de un trámite sencillo y completamente gratuito.
Para ello, será necesario que la persona cumpla una serie de requerimientos básicos. Hoy, te contamos en qué consiste este proceso y la documentación necesaria para hacer efectivo el cambio de nombre o apellido.
¿Qué es el cambio de nombre o apellidos? Los requisitos necesarios para iniciar el trámite
Se trata de un proceso realizado en el Registro Civil a través del cual un ciudadano puede modificar tanto su nombre como sus apellidos, teniendo, además la posibilidad de cambiarlos de orden.
Es necesario el cumplimiento de una serie de requisitos para cada caso. Hoy, distinguimos que se deberá acreditar en cada ocasión.
Cambio de apellidos
Para realizar un cambio de apellidos en el Registro Civil será necesario cumplir 3 aspectos esenciales:
- Que el ciudadano que realice el cambio use y sea conocido por el apellido que está solicitando de forma real.
- Que los nuevos apellidos del solicitando pertenezcan a él de forma legítima.
- Que el apellido deseado pertenezca a la línea de progenitores, por parte de padre o por parte de madre. Si el cambio es de ambos apellidos, debe perteneces a ambos progenitores.
Si se trata de una regularización ortográfica del apellido ya existente, ya sea por fonética o por gramática, se podrán modificar de forma sencilla mediante una orden de un juez.
Cambio de orden en los apellidos
La imposición indica que el primer apellido deberá ser el del padre y el segundo el de la madre, pero la legislación permite hacer un cambio de orden si así se desea.
Es común que, antes de presentar la inscripción de nacimiento, se decida realizar este cambio y colocar en primer lugar el apellido de la madre y en segundo lugar el del padre. Pero, si no ha sido el caso, debes saber que, al cumplir la mayoría de edad, puedes tramitar este cambio tú mismo.
Cambio de nombre
El cambio de nombre cuenta con una libertad de elección, pero se deben tener una cuenta de limitaciones establecidas por la Ley. Estas son:
En primer lugar, no se podrá solicitar más de dos nombres simples o más de un nombre compuesto. En este último caso, recuerda que los nombre serán unidos por un guion.
En segundo lugar, el nombre elegido no puede ser perjudicial ni ofensivo para la persona y, en ningún caso, humillante o deshonroso con la combinación de nombre y apellido.
En tercer lugar, no se podrá escribir el mismo nombre que un hermano mientras éste siga vivo.
Y, por último, no se admitirán nombre que puedan crear confusión para la identificación o inducir a error sobre el sexo de la persona.
Con estas limitaciones claras, el cambio de nombre propio contará con una serie de requisitos que debes conocer. Podrás hacer un cambio de nombre:
- Cuando estés ante una situación de traducción de un nombre extranjero al castellano.
- Cuando sea solicitado por el ciudadano por el uso frecuente de otro nombre distinto al suyo.
- Cuando el nombre haya sido inscrito con alguna infracción en las normas comentadas anteriormente.
- Cuando se rectifique un cambio de sexo de ciudadano.
- Cuando se quiera realizar una adaptación gráfica o fonética del nombre propio. En este caso, debes tener en cuenta que los cambios muy simples no serán aceptados para su cambio. Por ejemplo, Esther por Ester o Cristina por Kristina. Se trata de cambios relacionados con errores ortográficos a la hora de su inscripción.
- Cuando no se produzca perjuicio alguno a terceras personas.
¿Dónde se realiza el cambio de nombre y quién puede solicitarlo?
Como hemos nombrado a lo largo del texto, el cambio de nombre se realiza en el Registro Civil donde has sido inscrito al nacer y es un propio encargado de este lugar el que se encarga de los trámites.
No obstante, si se trata de un cambio por el uso común de un nombre, que es distinto al inscrito en el Registro, será competencia del ministro de Justicia y la Dirección General de los Registro y del Notariado el trámite de cambio de nombre.
En cuanto a quién puede solicitar este cambio de nombre o de apellidos, la normativa establece que podrá hacerlo cualquier ciudadano mayor de edad o los representantes legales en el caso de un menor de edad o una persona incapacitada.
El cambio de apellidos se llevará a cabo con un previo expediente entregado al encargado del Registro Civil. No olvides que debe tratarse del registro donde conste la inscripción de tu nacimiento. Si no se puede acudirse presencialmente por estar en otra ciudad, tendrás que iniciar el trámite en el registro más cercano a tu lugar de residencia y, desde allí, remitirán al registro donde se inscribió tu nacimiento.