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ToggleTodo lo que debes saber sobre las capitulaciones matrimoniales
Sin duda, uno de los aspectos que se deben tener en cuenta a la hora de contraer matrimonio son las capitulaciones matrimoniales. ¿Sabes en qué consisten? Hoy, te contamos todo lo que necesitas saber sobre este contrato, así como los tipos de regímenes económicos por los que se puede optar al casarse.
¿Qué son las capitulaciones matrimoniales?
Se trata de un documento o un contrato donde se establece la relación económica que se establecerá duran el matrimonio, es decir, qué régimen económico matrimonial elegirá la pareja.
Este contrato se realiza ante notario y en escritura pública para, después, quedar inscrito en el Registro Civil correspondiente. Si es necesario, las capitulaciones matrimoniales también recogerán otros aspectos que la pareja quiera dejar por escrito.
Todo lo relacionado con las capitulaciones matrimoniales puedes encontrarlo regulado por el Código Civil en España. En concreto, desde el artículo 1325 hasta el artículo 1335. Allí, podrás resolver cualquier duda al respecto.
En definitiva, las capitulaciones matrimoniales permitirás a los otorgantes modificar, estipular y sustituir el régimen económico establecido en el matrimonio o cualquier aspecto redactado en el documento.
Entre estos aspectos relacionados con el matrimonio a añadir en las capitulaciones matrimoniales puedes encontrar pactos en caso de una crisis en la pareja o posibles normas de convivencia.
Los 3 tipos de regímenes económicos matrimoniales
Como hemos comentado, en las capitulaciones matrimoniales se incluye el régimen matrimonial económico que elija el matrimonio. Pero, ¿qué tipos existen? En España, se pueden distinguir 3 tipos de regímenes económicos.
1. Gananciales
El régimen económico de gananciales estables que las ganancias o beneficios obtenidos por cualquiera de los dos cónyuges durante el matrimonio será común para ambas partes.
En este sentido, cuando la pareja quiera disolver el matrimonio, los bienes gananciales que se hayan generado durante todo ese tiempo se repartirán a partes iguales entre los dos cónyuges.
2. Separación de bienes
El régimen económico de separación de bienes consiste en la conservación por separado de los bienes propios de cada pareja, tanto los bienes anteriores al matrimonio como los generados y obtenido durante el matrimonio.
En este aspecto, los bienes pertenecerán a quien los haya obtenido durante todo el matrimonio.
Suele ser la opción más acertada cuando uno de los cónyuges cuenta con una empresa. Así, las deudas y responsabilidades de pago que se puedan generar durante el desarrollo del negocio no afectarán al patrimonio del otro cónyuge.
Las ventajas de optar por la separación de bienes en las capitulaciones matrimoniales
Sin duda, elegir un régimen económico durante el matrimonio cuenta con numerosas ventajas, sobre todo, si se trata de la separación de bienes. Te contamos cuáles son las más importantes.
En primer lugar, la fácil división del patrimonio en caso de divorcio o separación.
En segundo lugar, la libertad de disponer de los propios bienes sin necesitar contar con ningún tipo de permiso por parte de la otra parte.
En tercer lugar, si existen deudas por parte de algún cónyuge, solo quién las tenga deberá hacerse cargo de ellas y no se pondrá en peligro el patrimonio común.
Y, por último, no se tendrán compartir ni donaciones ni herencia familiares.
3. Participación
Por último, el régimen económico de participación se basa en la posible participación de uno de los cónyuges en las ganancias obtenidas por la otra parte durante el tiempo en que se mantenga firme este régimen.
¿Qué ocurre si no existen capitulaciones matrimoniales?
En muchas ocasiones, no se establecen capitulaciones matrimoniales y, por tanto, no se define el régimen económico que tendrá el matrimonio mientras estén casados. ¿Qué pasa en este caso?
Pues bien, en España, se establece por defecto el régimen de gananciales al matrimonio, ya que no se ha estipulado lo contrario. Así lo establece el artículo 1316 del Código Civil.
¿Cuándo se realizan las capitulaciones matrimoniales?
Existen dos momentos en los que realizar el documento de capitulaciones matrimoniales. Por un lado, antes de contraer el matrimonio; y, por otro lado, después de contraer el matrimonio.
En el caso de optar por realizar la capitulación matrimonial antes del acto del matrimonio, no podrá retrasarse el matrimonio más de un año desde que se firma ante notario este documento y ese régimen económico establecido entre ambas partes.
Eso sí, las capitulaciones matrimoniales solo entrarán en vigor cuando se haya contraído el matrimonio.
La modificación de las capitulaciones matrimoniales
Para terminar, debes tener en cuenta que lo inscrito en las capitulaciones matrimoniales se puede modificar en cualquier momento y las veces que sean necesarias, modificando el régimen económico si así se desea.
En este sentido, para que la modificación sea válida, se tendrá que realizar con la asistencia y concurso de las personas que intervinieron en la redacción de este documento.
Para hacer la modificación, bastará entonces con acudir a la notaría y abonar el coste de la nueva escritura con los cambios.