Traslado de Restos Mortales

traslado de restos mortales

¿Qué documentos son necesario para efectuar un traslado de restos mortales o cenizas?

Cuando se produce un fallecimiento de un familiar en otro país, existe la opción de hacer un traslado de restos mortales y cenizas a España. Se trata de un trámite que consiste en una serie de gestiones a llevar a cabo para repatriar un cadáver.

Este procedimiento es decisión de la familia ya que se trata de un trámite costoso y difícil, ya que es necesario el cumplimiento de multitud de requisitos a nivel nacional e internacional.

Por este motivo, vamos a dedicar el artículo de hoy a conocer qué documentación es necesario para el traslado de cenizas o de cadáveres a España de forma general y de forma específica en cada caso.

La documentación general necesaria para los traslados de cenizas y de cadáveres

A la hora de iniciar los trámites de traslado de restos mortales o de cenizas, será necesario distinguir entre dos casos:

Por un lado, si el ciudadano a repatriar es español, se tendrá que inscribir su fallecimiento en el Registro Civil Consular. En este caso, se tendrán que presentar los siguientes documentos: la fotocopia del DNI o pasaporta, el certificado de defunción del Registro Civil local (debidamente legalizado con la Apostilla de La Haya) y la partida literal del nacimiento, si se dispone de él.

Por otro lado, si el ciudadano fallecido es extranjero, será necesario presentar estos documentos: el certificado de defunción del Registro Civil local (legalizado por la Apostilla de La Haya) y la fotocopia de cédula de identidad extranjera del difunto.

¿Qué documentación específica es clave para el traslado de restos mortales?

Pues bien, con la documentación general clara, es necesario especificar qué se necesita en el caso de los traslados de los restos mortales y qué se necesita en el caso del traslado de cenizas.

Vamos a ver primero qué documentos hay que recopilar para los restos mortales:

  1. El certificado médico expresivo de la enfermedad que determinó la muerte. En los casos en que el fallecimiento haya ocurrido de forma violenta o no determinado, se necesitará además un permiso de la autoridad judicial. En un caso o en otro, los documentos tendrán que ser apostillado por La Haya.
  2. La solicitud de traslado a España. Otro documento fundamental es la solicitud de traslado que deberá ser gestionada por un familiar directo del fallecido o una persona autorizada mediante un poder notarial. Si el familiar se encuentra en España, tendrá que emitir el poder notarial constando los datos necesarios para el traslado: persona autorizada, número de vuelo, línea aérea, horas de salida y de llegada, lugar de enterramiento y aeropuertos de salida y de destino, así como, escalas si las hubiera.
  3. La resolución de la autorización de traslado de los restos mortales. Este documento será expedido por las autoridades competentes y será legalizado mediante la Apostilla de La Haya.
  4. El certificado médico relativo al proceso de embalsamiento o conservación del cuerpo. También debe ser legalizado mediante la Apostilla de La Haya.

¿Qué documentación específica es clave para el traslado de cenizas?

En el caso de traslado de cenizas a España, será necesaria una documentación específica. En concreto, los siguientes 3 documento:

Por un lado, la solicitud de traslado de cenizas. Este documento debe contener la siguiente información: los datos personales de la persona autorizada para trasladar las cenizas, la línea aérea, el vuelom las horas estimadas de llegada y de salida, las escalas y los aeropuertos de destino y de salida, y el lugar donde se depositarán las cenizas en España.

Por otro lado, el certificado de traslado internacional de cenizas del cementerio. Este documento debe estar legalizado de forma correcta mediante la Apostilla de La Haya.

Y, por último, el sellado del ánfora o cofre por parte de la empresa funeraria.

Con toda la documentación en regla, el Consulado General podrá expedir el Certificado para el traslado de cenizas a España.

Además, el Consulado, si así se lo piden los familiares del fallecido, podrá realizar una serie de actuaciones:

  1. Realizar todos los trámites correspondientes ante las autoridades locales, así como proporcionar la documentación necesaria para el traslado del cadáver o las cenizas.
  2. Facilitar el contacto de la familia con empresas funerarias locales e indicar el coste y las posibilidades de llevar a cabo una incineración local.
  3. Inscribir la defunción del fallecido en el Registro Civil Consular.
  4. Informar sobre el sistema policial y judicial local en el caso en que existan dudas o sospechas en torno al fallecimiento de la persona en el extranjero. Además, podrá aportar a los familiares una lista de abogados si desean una asistencia letrada. Esto será fundamental para aquellos países donde las autoridades no permiten la intervención de terceras personas en los de fallecimientos por un caso criminal.
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Juan Fernández

Tras finalizar la carrera comencé a trabajar en periódicos convencionales. Actualmente colaboro con diferentes medios digitales, como columnista y redactor de contenidos.

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