Certificado de Últimas Voluntades

certificado de ultimas voluntades

¡Qué es el Certificado de Últimas Voluntades?

El certificado de últimas voluntades es un documento esencial en cualquier proceso de sucesión. Pero, ¿cuál es el motivo? Muy sencillo. Se trata del justificante que indica si una persona fallecida ha hecho o no testamento.

¿Cómo se obtiene el Certificado de Últimas Voluntades y quién puede solicitarlo?

Conocer esto es clave para iniciar los trámites de una herencia. En este sentido, en el artículo de hoy, os vamos a contar todo el proceso a seguir para obtener el certificado de últimas voluntades, así como la importancia de este certificado en el momento del fallecimiento de una persona. ¡Empecemos!

Certificado de Últimas Voluntades: ¿por qué es necesario?

Como adelantábamos al principio de este texto, el certificado de últimas voluntades es un documento esencial para iniciar los trámites de una herencia ya que, en ocasiones, es probable que exista un documento posterior al testamento que no conozcan los familiares.

En este aspecto, los familiares pueden ser conocedores de un testamento e, incluso, de la notaría donde se redactó, pero no siempre sabrán si existe o no un certificado de últimas voluntades. Así, se convierte en un documento clave para empezar a tramitar la herencia del fallecido.

De hecho, cabe saber que el testamento válido será el último redactado. Pero, ¿cómo puede saberse este dato? El certificado de últimas voluntades ofrece esta información a los familiares.

De esta manera, aunque los herederos tengan por seguro que el fallecido no ha redactado ningún tipo de testamento en la notaría, es fundamental solicitar el certificado de últimas voluntades. ¡Te contaos cómo hacerlo!

El paso a paso para obtener el Certificado de Últimas Voluntades

Ya sabemos que solicitar el certificado de últimas voluntades es el primer trámite a realizar tras el fallecimiento de un familiar. En concreto, se deberá presentar la solicitud los 15 días hábiles siguientes desde la fecha de la muerte, sin contar el propia del fallecimiento, ni tampoco sábados, domingos o festivos.

Una vez transcurrido este tiempo, existen dos vías por las cuales solicitar el certificado de últimas voluntades.

Por un lado, la solicitud presencial o por correo electrónico. En este caso, será necesario presentar el modelo 790, que se puede rellenar en la página web oficial del Ministerio de Justicia, en la Oficina Central de Atención al Ciudadano y en las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia.

Junto a este documento, será necesario presentar el certificado literal de defunción original o compulsado. En él, debe constar el nombre de los padres del fallecido necesariamente. Este certificado se puede obtener el Registro Civil de la localidad donde ha fallecido la persona.

Además, se debe adjuntar el justificante del abono de la tasa. El pago para obtener el certificado de últimas voluntades puede llevarse a cabo en las entidades bancarias que colaboran con la Agencia Tributaria.

Por otro lado, la solicitud de certificado electrónico de actos de última voluntad. Esta vía se puede utilizar solo cuando el fallecimiento de la persona se haya producido después del 2 de abril de 2009 y, además, cuando la defunción esté inscrita en el Registro Civil y no un Juzgado de Paz.

Con estos requisitos cumplidos y con un certificado digital instalado en tu ordenador, podrás tramitar la solicitud de este documento en la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia.

¿Quién puede solicitar el Certificado de Últimas Voluntades y en qué plazo se emite?

El documento del certificado de últimas voluntades puede ser solicitado por cualquier persona que presente la documentación requerida para su obtención, ya sea por de forma presencial o por correo. En el caso en que se tramite por la vía online, podrá solicitar este documento cualquiera que tenga en su poder los datos de defunción oportunos.

El plazo de emisión de este certificado de últimas voluntades se extiende hasta los 10 días desde la solicitad del documento cuando se solicitar por correo postal. No obstante, si solicita por la vía telemática, este plazo puede reducirse a 5 días.

¿Qué información puedes obtener del Certificado de Últimas Voluntades?

En el certificado de últimas voluntades podrás encontrar la siguiente información:

Por un lado, los testamentos que haya otorgado el fallecido y el nombre de los notarios autorizantes de dichos testamentos. El único testamento válido será el último otorgado.

Por otro lado, la no existencia de un testamento por parte del fallecido. En este caso, en el certificado de últimas voluntades se hará constar “sin testamento”.

Y, para terminar, el certificado de contratos de seguros de cobertura por fallecido. Se trata de un certificado que reconoce si el fallecido tenía o no un contrato con un seguro de vida o de accidentes.

Una vez obtenido el certificado últimas voluntades y comprobado que el fallecido ha otorgado testamento, el procedimiento a seguir es obtener una copia de este testamento en la notaría correspondiente.

Si no existe testamento, lo que se tendrá que hacer es tramitar un expediente de Declaración de Herederos Abistestato.

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Juan Fernández

Tras finalizar la carrera comencé a trabajar en periódicos convencionales. Actualmente colaboro con diferentes medios digitales, como columnista y redactor de contenidos.

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