Inscripción de matrimonio: qué es y cómo puede presentarse
La inscripción de matrimonio es el documento que hace fe el acto de matrimonio. Por eso, la inscripción incluye tanto la fecha y la hora, como el lugar donde se contrae el matrimonio.
En este sentido, se convierte en la prueba de que el matrimonio se ha contraído y se define como el titulo que hace legal un matrimonio.
Así, en el momento en que se celebre el acto matrimonio, ya sea ante un Juez de Paz, un alcalde, un concejal o un Encargado del Registro Civil, se deberá firmar esta inscripción de matrimonio por los dos cónyuges, los dos testigos y la persona que oficializa el matrimonio.
Una vez firmada, se entregará una copia acreditativa a cada uno de los contrayentes y se deberá presentar en el Registro Civil para confirmar la inscripción del matrimonio.
¿Quién puede presentar el documento para la inscripción del matrimonio?
Este documento firmado durante el acta de matrimonio, como hemos comentado, debe presentarse en el Registro Civil correspondiente. Pero, ¿quién puede encargarse de hacerlo?
Lo más habitual es que sean los dos cónyuges los que se encarguen de realizar este trámite. Sin embargo, existen casos excepcionales, donde se precisará de un dictamen médico que asegure que el contrayente está capacitado para dar consentimiento al matrimonio. Esto ocurre cuando la persona cuenta con anomalía psíquicas o deficiencias.
En cuanto al Registro Civil donde presentar este documento, debes recordar que debe ser aquel que se encuentre donde la pareja esté domiciliada o donde tenga su residencia habitual. Cuando cada pareja tenga un domicilio distinto y en distintas poblaciones, se podrá elegir con total libertad un Registro Civil u otro.
¿Cómo se realiza la inscripción de matrimonio de forma presencial?
Para realizar la inscripción de matrimonio en el Registro Civil será necesaria una documentación previa y esta va a depender del tipo de matrimonio que se haya llevado a cabo.
Por ello, en este apartado, te explicamos como proceder en cada caso y qué documentación obtener para el trámite.
Matrimonios religiosos
Para inscribir un matrimonio religioso será necesario presentar la certificación eclesiástica donde se expresan las circunstancias exigidas por la Ley.
En el caso de matrimonios judíos, evangélicos o islámicos, será clave obtener el expediente previo donde concluya la capacidad matrimonial. No olvides que el matrimonio tiene que haberse celebrado antes de 6 meses desde la obtención de este expediente o certificación.
Matrimonios civiles
La documentación necesaria en este caso dependerá de ante quien se haya celebrado el matrimonio. Así, se distinguen 3 casos:
En primer lugar, para matrimonios celebrados ante un Juez de Paz o un Encargado del Registro Civil, se precisará del acta de celebración de matrimonio civil que ya habrá sido previamente firmada por el encargo o juez, los testigos, el secretario y los cónyuges.
En segundo lugar, para matrimonios celebrados ante un alcalde o un concejal, será necesario el acta de matrimonio emitido por el propio Registro Civil donde se detalle el lugar donde se celebró el matrimonio.
En tercer lugar, para matrimonios celebrados ante un secretario judicial, será preciso un acta ante notario que tendrá que ser firmada, además de por los cónyuges, por la persona que oficie el matrimonio y por los dos testigos.
Matrimonios celebrados en el extranjero
En el caso de matrimonios celebrados en el extranjero, uno de los dos contrayentes deberá tener nacionalidad española para poder registrar el matrimonio en España. En este sentido, se dan dos tipos de inscripciones, que necesitarán de distinta documentación.
Por un lado, la inscripción de matrimonios canónicos. Serán necesarios los siguientes documentos:
- Certificado literal de nacimiento del cónyuge español o del que se hubiera naturalizado, expedido por el Registro Civil español.
- Presentación de la certificación eclesiástica que expresará las circunstancias exigidas por la legislación.
- Hoja declaratoria de datos.
- Documento Nacional de Identidad del nacionalizado español.
- Certificado de nacimiento del cónyuge extranjero.
- Acreditación del domicilio del promotor en España.
Y, por otro lado, la inscripción de matrimonios civiles. En este caso, los documentos que se necesitará para la inscripción del matrimonio son los siguientes:
- Hoja declaratoria de datos.
- Certificado literal de nacimiento del cónyuge español o del que se hubiera naturalizado, expedido por el Registro Civil español.
- Certificado de matrimonio expedido por el Registro Civil local extranjero.
- Acreditación del domicilio del promotor en España.
- Documento Nacional de Identidad del nacionalizado español.
Estos son los documentos necesarios para cada tipo de matrimonio. Ahora, con todos ellos en la mano, solo faltaría acudir al Registro Civil para presentarlos y poder inscribir el matrimonio celebrado.
Así, como ya hemos hablado, tendrás que acercarte al Registro Civil Central en el caso de un matrimonio celebrado en el extranjero y al Registro Civil del municipio donde se haya realizado en España.
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